domingo, 2 de octubre de 2011

COMO ES EL RÉGIMEN DE PENSIONES PARA TRABAJADORES DEL ISSSTE


En esta ocasión aprovechare para dar información sobre las pensiones que otorga el ISSSTE a sus trabajadores.


Forma de garantizar los ahorros para el Retiro de los Trabajadores ISSSTE para gozar de una Pensión


Los recursos recaudados provenientes de las cuotas y aportaciones que realizan los Trabajadores, las Dependencias o Entidades donde laboren y el Gobierno Federal, a través del proceso de recaudación y aplicación en las cuentas individuales que administran PENSIONISSSTE o las AFORES, se invierten en las diferentes Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro, mejor conocidas como SIEFORES, que a su vez invierten en diversos instrumentos de deuda en moneda nacional y extranjera, así como en diferentes productos financieros autorizados por la CONSAR.


Procedimiento de pensión en el Régimen del Artículo Décimo Transitorio y en el Régimen de Cuentas Individuales de la Ley del ISSSTE


Régimen del Artículo Décimo Transitorio.

El trámite de PENSION, debe de realizarse directamente en las delegaciones administrativas del ISSSTE, en la ventanilla de afiliación y vigencia, posteriormente en la ventanilla de PENSIONES. Los trabajadores que cuenten con una concesión de Pensión podrán tramitar el retiro de los recursos del SAR que en su caso tengan derecho a retirar en las oficinas de la Unidad Especializada de Atención al Público del PENSIONISSSTE o de la Administradora que opere su cuenta individual.

Régimen de Cuentas Individuales:

  • Trabajador se acerca al ISSSTE para solicitar las opciones de Pensión que tiene derecho.
  • ISSSTE certifica correspondencia a una Pensión.
Trabajador elige modalidad de Pensión. (Renta Vitalicia ó Retiro Programado)

Retiro por Renta Vitalicia:
  • ISSSTE le entrega un Documento de Oferta al Trabador.
  • Trabajador recibe una oferta de las tres aseguradoras participantes y contrata la aseguradora elegida.
  • Trabajador avisa a Instituto la aseguradora que eligió y solicita su Concesión de Pensión.
  • ISSSTE registra en el Sistema Data Mart y entrega Concesión de Pensión al Trabajador.
  • ASEGURADORA-ISSSTE-PROCESAR solicita a PENSIONISSSTE o a la AFORE, según corresponda, la transferencia de los recursos de la Cuenta Individual.
  • PENSIONISSSTE o la AFORE según corresponda transfiere recursos de la Cuenta Individual del Trabajador a la Aseguradora elegida. Si en la Cuenta Individual del Trabajador queda un excedente el Trabajador puede solicitar al PENSIONISSSTE o a la AFORE el Retiro de esos Recursos en una sola exhibición.
  • Trabajador se presenta ante la Unidad Especializada de Atención al Público que corresponda a realizar el trámite de Retiro de Excedente de Cuenta Individual presentando, Original de Concesión de Pensión; Original de Resolución de no Adeudo de FOVISSSTE; Copia Simple de Identificación Oficial; Copia Simple de Comprobante de Domicilio; Copia Simple de la carátula del Contrato; Copia Simple del comprobante del SAR del Banco que anteriormente a PENSIONISSSTE ó Copia Simple de la Hoja Única de Servicios y Talón de Pago o Copia Simple de la Elección del Régimen Pensionario y Talón de Pago.
Retiro Programado:
  • ISSSTE le entrega un Documento de Oferta al Trabador.
  • Trabajador elige Aseguradora.
  • ISSSTE le entrega un Documento de Oferta al Trabador para contratar el seguro de sobrevivencia.
  • Trabajador recibe una oferta de tres aseguradoras participantes y contrata el seguro de sobrevivencia con la aseguradora elegida.
  • Trabajador avisa a Instituto la aseguradora que eligió y solicita su Concesión de Pensión.
  • ISSSTE registra en el Sistema Data Mart y entrega Concesión de Pensión al Trabajador.
  • ASEGURADORA-ISSSTE-PROCESAR solicita a PENSIONISSSTE o a la AFORE, según corresponda, la transferencia de los recursos de la Cuenta Individual del seguro de sobrevivencia.
  • PENSIONISSSTE o la AFORE transfiere recursos de la Cuenta Individual del Trabajador a la Aseguradora elegida por el Trabajador.
  • Trabajador se acerca al PENSIONISSSTE o a la AFORE de su elección para la celebración del Contrato que le permita cobrar mensualmente su pensión de acuerdo a los Saldos de su Cuenta Individual hasta agotar dicho Saldo o en su caso adquirir una Renta Vitalicia.

2 comentarios:

  1. Me jubilé en el mes de abril. Pero mi afore Sura, ante la cual ya presenté toda la documentación que me solicitan, me indica que PENSIÓN ISSSTE en data MART, no ha dado de alta en ese sistema mi "Concesión de pensión" a pesar de que el mismo ISSSTE me entregó dos originales para gestionar lo conducente.¿Qué debo hacer? A dónde debo acudir? El tel. que aparece en Data Mart, no existe. Saludos. Martha

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    1. En casos como estos es necesaruio presentar una demanda en contra de la AFORE para que lleve a cabo la devolucion de aquellos recursos que por derecho le corresponden, esto se lleva a cabo ante la Junta Federal de Conciliacion y Arbitraje. le pido de favor ponerse en contacto con migo lo mas breve posible para orientarle y llevar a cabo dicho tramite.
      Hasta pronto.

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